Documentación de Proyectos
Documentación que debe incluirse en todos los proyectos cuya licencia de obras se tramite ante ésta Oficina Técnica.
La documentación que se indica a continuación, así como la manera de presentarse, se considera imprescindible para poder verificar la conformidad del proyecto a la normativa urbanística y demás normas aplicables.
1. Justificación del cumplimiento de la Normativa Urbanística
1. Justificación del cumplimiento de la Normativa Urbanística
Mediante la presentación de la Ficha Urbanística correctamente cumplimentada
2. Justificación del cumplimiento de las condiciones mínimas de habitabilidad establecidas en la normativa vigente
A tal efecto se considerará lo que establezca al respecto el planeamiento municipal vigente o, en su defecto, las Normas Subsidiarias Provinciales, las cuales remiten a las Normas de Diseño de VPO.
3. Plano de situación de la parcela
En Municipios con planeamiento, en relación con los planos del Planeamiento Municipal vigente.
En el caso de suelo urbano de municipios sin planeamiento, en relación con el plano de delimitación de suelo urbano si existe PDSU, y si no existe PDSU, en relación con el plano catastral.
En el caso de suelo rústico en municipios sin planeamiento, en dicho plano de situación deberá figurar el núcleo de población o cualquier otro elemento significativo que permita determinar exactamente la situación de la parcela en el término municipal.
En todo caso, dicho plano de situación estará a escala y con indicación de la misma; y en el caso de que no esté orientado con el norte. hacia arriba, se indicará su orientación.
En las situaciones periféricas de los núcleos de población de municipios sin planeamiento y sin PDSU, en las cuales pueden existir dudas sobre la clasificación de los terrenos, deberá justificarse su clasificación de acuerdo a los criterios establecidos en la Ley y Reglamento de Urbanismo de Castillaiy León, aportando en su caso planos de situación de las redes de los servicios urbanos con que cuenta la parcela.
4. Plano de emplazamiento de la edificación en la parcela
Con las edificaciones existentes y proyectadas situadas en la misma, perfectamente delimitada y acotada de manera que se puedan deducir con facilidad las dimensiones de la misma así como las de los patios, retranqueos y fondo máximo.
En dicho plano, o bien en la memoria, deberá indicarse la superficie de la parcela y las superficies construidas y ocupadas de las edificaciones existentes y proyectadas sobre la misma.
5. Planos de plantas acotados
En los planos de plantas de proyectos de viviendas, sus rehabilitaciones, reformas o ampliaciones, deberán indicarse, como complemento de la justificación de las condiciones de habitabilidad, las superficies de iluminación y ventilación de los huecos.
Igualmente, en los casos de viviendas con aprovechamiento bajo cubierta deberán indicarse en los planos de superficies de las plantas abuhardilladas, las superficies con altura superior a 2,50 m de cada habitación.
6. Planos de alzados acotados.
7. Sección perpendicular a fachada acotada.
8. Cuadros de superficies
De todas las habitaciones y totales, expresando en cada habitación, si no se ha indicado en los planos, la superficie de los huecos de ventilación.
9. Justificación de otra normativa
Se deberá cumplimentar correctamente en la memoria de todos los expedientes, cuando sea de aplicación, la siguiente normativa:
NBE CT-79, Condiciones térmicas en los edificios.
NBE-CA-88, Condiciones acústicas en los edificios.
NBE CPI-96, Condiciones de protección contra incendios en los edificios.
NBE AE-88, Acciones en la edificación.
NBE FL-90, Muros resistentes de fábrica de ladrillo.
NBE EA-9S, Estructuras de acero en la edificación.
EHE, Estructuras de hormigón armado
EFHE, Instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados
LEY 3/98 de accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas.
Decreto 217/2001, por el que se aprueba el Reglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras
RITE, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios
REAL DECRETO-LEY 1/98 de Acceso a los Servicios de Telecomunicación





