Ante el riesgo de incendios existente y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Limpieza y Conservación de Parcelas vigente (BOP nº 32, de 15-03-2017), SE RECUERDA a los vecinos y propietarios de terrenos y solares en el casco urbano y zonas rústicas adyacentes a los núcleos de población, la obligación de mantenerlos limpios de maleza y restos leñosos que puedan provocar incendios.
Se advierte a quienes no realicen la limpieza y desbroce de las parcelas a que están obligados que, aparte de las responsabilidades que concurran en caso de incendio, de no cumplir dichas obligaciones en el plazo de DIEZ DIAS, se procederá por el Ayuntamiento a su requerimiento, mediante las correspondientes ordenes de ejecución, así como a la imposición de sanciones que pueden llegar hasta 3.000 euros, con arreglo a lo establecido en la citada Ordenanza.
Rogamos la máxima colaboración
Sepúlveda, a 7 de agosto de 2025. Documento firmado electrónicamente
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Actualidad municipal
Publicado 8/8/25
Bando obligación de mantener limpios de maleza y restos leñosos los terrenos y solares en el casco urbano y zonas rústicas adyacentes a los núcleos de población